Las Siete Partidas by Alfonso X el Sabio

Las Siete Partidas by Alfonso X el Sabio

autor:Alfonso X el Sabio [el Sabio, Alfonso X]
La lengua: spa
Format: epub
Tags: Referencia, Historia, Ciencias sociales
editor: ePubLibre
publicado: 1255-12-31T16:00:00+00:00


TÍTULO 21. De los consejeros

Ley 1: Consejo es buen entendimiento que hombre toma sobre las cosas dudosas para que no pueda caer en yerro, y deben mucho mirar el consejo antes que lo den aquellos a quienes es demandado. Y otrosí los que lo demanden deben ser muy cuidadosos observando con atención a aquellos a quienes demandan consejo; que sean tales que se lo sepan dar bueno, y que los quieran aconsejar y lo puedan hacer, de otra manera no lo darían bien; y por ello dijeron los sabios antiguos: «Todas las cosas haz siempre con consejo, mas examina antes quién es aquel con quien te has de aconsejar». Y nace gran provecho del consejo cuando es bien dado y lo dan derechamente y en su tiempo; y por él delibera y hace hombre las cosas más en cierto y más seguramente y con razón, y guárdese mejor de los peligros que le podrían venir, y no trae su hacienda a la ventura; y si le viniese bien por ella, gánalo con derecho, y si por ventura le acaeciesen algunos peligros o algunos daños, no le vendrían por su culpa, y excúsase por ello en cuanto a Dios y a los hombres.

TÍTULO 28. De cómo gana hombre el señorío en las cosas de cualquier naturaleza que sean

Ley 1: Señorío es poder que hombre tiene en cosa para hacer con ella y en ella lo que quisiere, según Dios y según fuero. Y hay tres maneras de señorío; la una es poder esmerado que tienen los emperadores y los reyes para escarmentar a los malhechores y dar su derecho a cada uno en tu tierra. La otra manera de señorío es poder que hombre tienen en las cosas muebles o raíces de este mundo en su vida, y después de su muerte pasa a sus herederos o a aquellos a quienes lo enajenase mientras viviese. La tercera manera de señorío es poder que hombre tienen en fruto o en renta de algunas cosas en su vida, o a tiempo cierto, o en castillo o en tierra que hombre tuviese en feudo.

Ley 2: Diferencia hay muy grande entre las cosas de este mundo, pues tales hay de ellas que pertenecen a las aves y a las bestias y a todas las criaturas que viven para poder usar de ellas tanto como los hombres y otras que pertenecen tan solamente a los hombres; y otras hay que pertenecen apartadamente al común de alguna ciudad o villa o castillo o de otro lugar cualquiera donde los hombres moren; y otras hay que pertenecen aun señaladamente a cada hombre para poder ganar o perder el señorío, y otras que no pertenecen a señorío de ningún hombre, ni son contadas en sus bienes.

Ley 3: Las cosas que comunalmente pertenecen a todas las criaturas que viven en este mundo son estas: el aire y las aguas de la lluvia y el mar y su ribera, pues cualquier criatura que viva puede usar de cada una de estas



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